Libertad y Poder en Hobbes “El costo de la protección civil”

Por Francisco Canseco Gómez, Profesor de Estado en Castellano y Filosofía, Magíster (c) Filosofía Política USACH.. 
Desde la génesis de cualquier ser vivo, ya sea este un mamífero desarrollado o una simple planta acuática, la protección y el cuidado de la especie constituye un requisito fundamental para asegurar la herencia biológica y el desarrollo evolutivo del organismo. El problema se vuelve más complejo si se atiende al ser humano, animal racional portador del “logos” y al cuidado que debe tener dentro de la sociedad civil, una vez emancipado de los vínculos parentales o sanguíneos. Una de las respuestas más conocidas en la historia de la filosofía política es la elaborada por el pensador inglés Thomas Hobbes, quien buscaba como fin último del Estado la protección y la paz de los ciudadanos, asegurándoles un vivir armónico dentro de límites precisos. Semejante planteamiento no tendría inconvenientes si no fuera, a simple vista, por la subordinación radical de los hombres con el Estado; la sumisión directa a sus dictámenes y la pérdida de su capacidad crítica del acontecer político. El costo de la protección a grandes rasgos es significativo.

El Leviatán o monstruo bíblico que representa al Estado puede constituirse de dos maneras: la primera por adquisición o fuerza, en donde el miedo a un posible soberano o asamblea hace que los ciudadanos le entreguen el poder por medio de un pacto, y la segunda por institución, que tiene su causa esta vez en el miedo mutuo entre los hombres lo que los posibilita, de igual manera elegir a un gobernante, sin presiones externas. Más allá de estas dos modos, Hobbes da como causa primordial de este pacto, el caos y guerra perpetua que impera en un estado presocial. El hombre se transforma en un “lobo para el hombre”, ya que tiende a seguir sus instintos de dominio, sin importar a cuantos va a destruir en su camino. En esta guerra de “todos contra todos”, hay una ausencia de un orden moral, que se materializa en la imposibilidad de gobernarse entre sí, con lo cual queda plenamente justificado un Estado absoluto que gobierne sin limitantes.
Pero ¿cómo trata el pensador inglés el problema de la libertad?, ¿es posible que el costo de la protección social sea la pérdida de ella? Dichas interrogantes encuentra su respuesta en el capítulo XXI del libro Leviatán, titulado “De la libertad de los súbditos”. Primeramente define a esta (la libertad) como la ausencia de oposición. Un hombre libre, según él, es aquel que dentro de lo que es capaz no encuentra obstáculos para hacer lo que desea. Dicha visión, atiende a las acciones cotidianas, al margen de la política, acciones que cumple el ser humano con disfrute y sin límites, por cuanto aún no se ha transformado en súbdito y continúa determinado por su libertad corporal. Distinto es el caso cuando se subordina al Estado, como se menciona en lo siguiente:
“la libertad de un súbdito radica, por tanto, solamente, en aquellas cosas que en la regulación de sus acciones ha predeterminado el soberano: por ejemplo, la libertad de comprar y vender y de hacer, entre sí, contratos de otro género” (Leviatán, p. 173)
Vemos en lo anterior, el traspaso de lo individual a lo regulado, de la pérdida de la libertad propia en un estado de caos, a unas leyes civiles impuestas por el soberano, que establecen vínculos fijos y permanentes. El mayor de los poderes, es decir, el poder del Estado, no sólo fija la ley, también determina el honor civil y el valor de cada ciudadano, se sostiene rápidamente que el hombre en este cambio pierde definitivamente su libertad, encuentra el mayor obstáculo posible para llevar a cabo lo que desea. En síntesis, sólo se constituye en un ser humano cuyo principal imperativo es obedecer y no cuestionar ningún reglamento jurídico o moral.
Esto se pensaría si no se comprendiera bien el inicio del pacto social y el horizonte posible del actuar del ciudadano en el. Si bien es cierto que ocurre una sumisión del hombre frente al Estado, esta sumisión lleva implícito dos aspectos cruciales, a saber, la obligación moral y la libertad. Hobbes es claro al señalar que no existe una obligación impuesta, que presione a un sujeto a realizar este pacto, al contrario la acción responde a su propia voluntad, ya que todos los hombres son por naturaleza libres. Admitiendo lo anterior, vemos que ni siquiera el miedo como causa central elimina la libertad interna del hombre, la responsabilidad de elegir a un soberano o asamblea, es el reflejo de su propia voluntad, y de su tendencia particular en la busca de una perfecta protección. La libertad de súbdito, es también su libertad materializada en el Leviatán, que en vez de castigar a sus ciudadanos procura el mantenimiento del orden social. De este modo la libertad originaria y natural cambia de forma y ejerce su poder total.
Frente a las otras libertades, es decir, aquellas en las cuales el soberano no ha prescrito una norma, dependen del “silencio de la ley”, y la discreción del individuo.
Mencionado este punto, el horizonte de posibilidades del actuar del ciudadano se vuelve más claro, ya que, se trata de la imposición de un marco jurídico que el mismo estableció al designar a este soberano. Lo singular, de esto es que una vez establecido el pacto y constituido el Estado, este último no da cabida a cuestionamientos o críticas sobre su hacer (de allí el carácter de absoluto), lo que significaría y ese es el temor de Hobbes, una guerra civil de proporciones insospechadas y un regreso hacia la naturaleza superada, pero también daría cuenta de una contradicción radical en el hombre, dado que lucharía contra su propia voluntad inicial y libertad, destruyendo e impidiendo la protección civil que tanto le costó.
El absolutismo del poder soberano, por consiguiente, provoca una serie de consecuencias o reglamentos fijos tales como: que los súbditos no pueden cambiar la forma de gobierno, el poder soberano no puede ser enajenado, nadie puede protestar contra la institución soberana declarada por la mayoría, mientras que los actos del soberano no pueden ser acusados ni castigados por ellos, por lo que se infiere que sólo él es juez de lo que es necesario para la paz , la defensa y la enseñanza en la sociedad. Sin embargo, el súbdito puede desobedecerlo cuando éste les pide dañarse a sí mismo o ir a una guerra, siempre cuando ella vaya en contra de la finalidad para la cual se instituyó la soberanía, que no es otra que la protección general y la defensa contra un enemigo común.
El costo de la protección civil, se plantea en estos términos, no como una pérdida absoluta de la libertad, ni tampoco como una sumisión sin reparos, sino como un traspaso de lo natural a lo social, el paso de un hombre salvaje a un ciudadano, que es conciente de la responsabilidad del pacto y del aseguramiento de la paz. Si el instinto inicial de cada ser vivo es perpetuar la especie y continuar con su herencia (existen múltiples ejemplos en el reino animal sobre esto) obviamente el hombre racional no puede estar al margen de ese instinto, considerando además todo lo que tienen que salvar, como es la cultura, las instituciones, el arte, etc. No hay dudas que el planteamiento de Hobbes presenta un absolutismo político, pero la libertad en ese caso sirvió de motor e impulso para la configuración del Estado y al menos tuvo un papel protagónico en la puesta en marcha de la república civil.
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